campo de multiplicación
Parcela destinada a la propagación de material vegetal que va a ser certificado. Debe reunir los requisitos que marca la legislación en cuanto a situación, condiciones y aislamiento de la misma. Además, el material allí propagado debe poseer autenticidad varietal, así como sanidad y calidad general acreditadas.
categoría de semillas
Las semillas, en función de su garantía sanitaria y autenticidad varietal se clasifican en: i) material parental (base, inicial o de generación 0-G0); ii) semillas de prebase (generalmente de F1 a F4); iii) semillas base; iv) semilla certificada de primera reproducción (etiqueta o envase azul); y v) semilla estándar (etiqueta o envase amarillo o crema).
material certificado
Planta completa, patrón, yema, estaquilla, esqueje, bulbo, tubérculo o semilla, producido según un programa de certificación concreto de la especie vegetal de que se trate. El proceso garantiza la autenticidad varietal (origen conocido y localizado) y un estado sanitario correcto respecto a ciertos patógenos transmisibles por injerto, indicados en una etiqueta o certificado concedido tras inspección oficial.
patrón certificado
El obtenido siguiendo un sistema o esquema oficial de certificación y que por tanto presenta un estado sanitario definido y corresponde a una autenticidad varietal fiable.
planta certificada
La que ha seguido un proceso oficial de certificación que garantiza su estado sanitario y autenticidad varietal.
semilla certificada
La que procede de semilla de base en primera reproducción o en reproducciones sucesivas y cumple los requisitos establecidos en el correspondiente Reglamento Técnico Español de Control y Certificación oficial. Se identifica con una etiqueta azul, el envase podrá llevar la bandera de la Unión Europea (UE) que podrá ir impresa en color o en blanco y negro, ya sea con estrellas blancas sobre fondo negro o viceversa. Ofrece garantías de calidad: autenticidad varietal (trazabilidad), pureza varietal y calidad sanitaria. La semilla certificada se obtiene tras un conjunto de operaciones de control que se realizan oficialmente de forma documentada para constatar que la producción de un material vegetal determinado cumple con los requisitos legales, de acuerdo con la categoría del material de que se trate (cereales, forrajeras, oleaginosas, maíz, sorgo, patata de siembra, remolacha azucarera, textiles u hortícolas). Este sector está también muy regulado en el ámbito comunitario (certificación UE o CE), mediante directivas, decisiones y otras normativas que intervienen sobre la gran mayoría de estos materiales de multiplicación, así como a través de un sistema UE de certificación que exige unos requisitos mínimos a cumplir obligatoriamente en su producción y comercialización dentro de este territorio, incluyendo también las importaciones, como el Real Decreto 525/2023. Las autoridades de control y certificación son las Comunidades Autónomas del estado español (CC. AA.). La Oficina española de variedades vegetales (OEVV) es la encargada de coordinar la certificación bajo el sistema UE con las CC. AA. y con las entidades productoras. Este sistema de certificación es de competencia autonómica y la OEVV se encarga de hacer un seguimiento de los trabajos de los servicios regionales competentes en cuanto a la aplicación de la normativa europea y española de semillas, así como de coordinar entre la Administración del Estado, sector productor, sector comercializador y CC. AA. los temas relacionados con la certificación de semillas, y de asesorarlos en este ámbito.
identidad de la variedad
Conjunto de pruebas o ensayos técnicos de identificación, que tienen como finalidad: i) comprobar que la variedad pertenece al taxón botánico descrito; ii) determinar que es distinta, homogénea y estable; y iii) establecer una descripción oficial de la variedad. Los caracteres a observar durante la realización de los ensayos son los establecidos por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Oficina Española de Variedades Vegetales, en función del estado de la técnica y los dictámenes o recomendaciones de los Comités de expertos de los Organismos Internacionales de los que España es miembro, teniendo en cuenta las Comisiones Nacionales de Estimación de Variedades y las Directivas de la Unión Europea. Por lo tanto, los protocolos de realización, metodología de trabajo, niveles de expresión y duración, deben cumplir con los protocolos técnicos de la Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales (OCVV) y también con las directrices de examen de la Unión para la Protección de la Obtenciones Vegetales (UPOV). Además de posibles ensayos en campo y comparación con colecciones de material vegetal, la identidad se verifica por marcadores de naturaleza diversa, usualmente mediante amplificación molecular específica (PCR) o secuenciación.