1. Aplicado a la validez de nombres científicos publicados o epítetos, significa que los mismos están de acuerdo con el Código Internacional de Nomenclatura de Procariotas (CINP), al Código Internacional de Nomenclatura de Algas, Hongos y Plantas (CINB), al Código Internacional de Clasificación y Nomenclatura de Virus (establecido por el Comité Internacional de Taxonomía de Virus-ICTV) o al dictamen de la Comisión Internacional de Nomenclatura Zoológica (ICZN) para nematodos. Un taxón puede tener más de un nombre legítimo. 2. Aplicado a tipos de apareamiento, significa compatibilidad.
ilegítimo
1. Contrario al Código Internacional de Nomenclatura de Procariotas (CINP) o al Código Internacional de Nomenclatura para Algas, Hongos y Plantas (CINB). 2. Incompatibilidad, aplicado a tipos de apareamiento.
estatus taxonómico
Se refiere a la situación del nombre científico de un patógeno, si es taxonómicamente correcto, válido o no, si está aceptado o no, etc. En procariotas, el nombre correcto debe ser válido, legítimo y tener prioridad en la publicación, si hay más de una propuesta para un mismo organismo. Para ser válido debe ajustarse a las reglas actuales del International Code of Nomenclature of Prokaryotes y aparecer en la lista de Approved Names que se publica periódicamente en el International Journal of Systematic and Evolutionary Microbiology. El nombre de un taxón (clase, subclase, orden, suborden, familia, subfamilia, tribu, subtribu, género, especie y subespecie) no tiene estatus taxonómico hasta que es válidamente publicado según las reglas de dicho Código. Los taxones infrasubespecíficos no están cubiertos por las reglas del mismo.
nombre conservado
Nombre taxonómico biológico que es preservado como una excepción, aunque viole una o varias reglas de nomenclatura taxonómica que lo convertirían en ilegítimo.
válido
Referido a epítetos taxonómicos, son aquellos nombres publicados de acuerdo al Código Internacional de Nomenclatura del grupo al que pertenezca. Dichos nombres pueden ser legítimos o ilegítimos.