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ORPF

Sigla de Organización Regional de Protección Fitosanitaria, según terminología de la FAO, 2022. Glosario de términos fitosanitarios NIMF nº 5.

Organización Regional de Protección Fitosanitaria, ORPF

1. Organización de carácter intergubernamental responsable de la cooperación en la protección vegetal en el ámbito regional. Una ORPF funciona como el organismo coordinador en la promoción del desarrollo y uso de normas internacionales relevantes para medidas fitosanitarias. Las ORPF también facilitan la cooperación interregional en la promoción de medidas fitosanitarias armonizadas para el control y prevención de plagas. El conjunto de organizaciones de diferentes regiones internacionales de la Convención Internacional de Protección de Plantas (IPPC), incluye actualmente 10 organizaciones: APPPC (Asia y el Pacífico), CAHFSA (Caribe), CAN (Comunidad andina), COSAVE (del Cono Sur), EPPO (Europa y Mediterráneo), IAPSC (Consejo Interafricano), NEPPO (Cercano Oriente), NAPPO (Norteamérica), OIRSA (Organismo Internacional Regional de Sanidad Agropecuaria) y PPPO (del Pacífico). 2. Organización intergubernamental con las funciones establecidas mediante el Artículo IX de la CIPF (Convención Internacional de Protección Fitosanitaria), según terminología de la FAO, 2022. Glosario de términos fitosanitarios NIMF nº 5.

protocolo de diagnóstico EPPO o IPPC-FAO

Protocolos, normas o estándares de diagnóstico, detección e identificación de agentes patógenos, y plagas en sentido amplio, elaborados por consenso de diferentes órganos técnicos de la EPPO o de la IPPC-FAO. Los confeccionan paneles o grupos de trabajo internacionales constituidos por expertos de reconocido prestigio (generalmente un coordinador y 4-6 miembros adicionales) con experiencia científica o técnica en diagnóstico, que los redactan de forma altruista, a propuesta de la EPPO o de la IPPC-FAO. Para garantizar la aceptación internacional, los proyectos de normas pasan por un cuidadoso procedimiento de aprobación, durante el cual todos los países miembros de la EPPO tienen la oportunidad de expresar sus puntos de vista. Las decisiones finales se obtienen por consenso tras su discusión y las Normas EPPO son adoptadas oficialmente por el Consejo de la EPPO. Tras la aprobación, las Normas EPPO se publican en el Boletín de la EPPO y también se pueden recuperar a través de la página electrónica www.eppo.int (a través de enlaces al sitio web del Boletín de la EPPO). Además, se almacenan como documentos PDF en la base de datos global de la EPPO. Todos los estándares EPPO, excepto parte de los estándares PP1, se pueden obtener de forma gratuita. Los estándares PP1 se almacenan en una base de datos dedicada y es necesario registrarse para acceder a estándares PP1 específicos, que recogen los estándares para la evaluación de tipos específicos de productos fitosanitarios. Las Normas EPPO son recomendaciones dirigidas a las Organizaciones Nacionales de Protección Vegetal de los países miembros de la EPPO. Las Normas EPPO también son «Normas Regionales» en el sentido que les da la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF) de la FAO. Las Normas EPPO se han separado en dos series principales: Normas PM sobre medidas fitosanitarias (que abarcan medidas reglamentarias, tratamientos, análisis de riesgo, diagnósticos, certificación y uso seguro del control biológico) y Normas PP (de evaluación de eficacia de productos fitosanitarios). Los interesados pueden suscribirse a una lista de correo electrónico para recibir gratuitamente las nuevas normas o estándares aprobados. Las normas o estándares están disponibles en inglés, francés, español, ruso, árabe y chino. En el caso de borradores de estándares IPPC-FAO, tras la consulta por países se redacta la versión final y se indica que el protocolo es adoptado por el Comité de Normas en nombre de la Comisión de Medidas Fitosanitarias (con fecha de adopción), como una parte prescriptiva de la NIMF 27 (Protocolos de diagnóstico para plagas reglamentadas), indicando DP (protocolo de diagnóstico de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria) y el número de orden correspondiente seguido del número de orden de la versión (como DP 15-1 que sería el correspondiente al virus de la tristeza de los cítricos, versión primera). La protección fitosanitaria nacional (Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el caso español) de cada país, puede presentar una solicitud de revisión de un protocolo de diagnóstico, así como las Organizaciones Regionales de Protección Fitosanitaria (ONPF), Organizaciones Regionales de Protección Fitosanitaria (ORPF) o la Comisión de órganos subsidiarios de Medidas Fitosanitarias (CMF) a través de la Secretaría de la CIPF (ippc@fao.org), que a su vez lo remitirá al Panel Técnico de Protocolos de Diagnóstico (TPDP) de la IPPC.

CIPF

Sigla de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria, depositada en 1951 en la FAO en Roma (Italia) y posteriormente enmendada. Acuerdo internacional con el propósito de “actuar eficaz y conjuntamente para prevenir la diseminación e introducción de plagas de plantas y productos vegetales y de promover medidas apropiadas para combatirlas. Las partes contratantes se comprometen a adoptar las medidas legislativas, técnicas y administrativas que se especifican en esta Convención y en otros acuerdos suplementarios en cumplimiento del Artículo XVI”. España es parte contratante de CIPF, acuerdo firmado por 182 países y la FAO que proporciona la Secretaría.

OIRSA

Acrónimo de Organismo Internacional Regional de Sanidad Agropecuaria de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (IPPC). Sus Estados miembros son: Belice, Costa Rica, República Dominicana, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua y Panamá. Pretende crear una región libre de plagas transfronterizas.

ONPF

Sigla de Organización Nacional de Protección Fitosanitaria, según la Convención Internacional de Protección Vegetal (IPPC). En España la gestión y representación internacional de la Sanidad Vegetal está coordinada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) pero sus competencias están actualmente transferidas a las 17 distintas Comunidades Autónomas (CC. AA.), que son responsables de las actuaciones en la protección de los distintos cultivos y de los laboratorios oficiales de diagnóstico de su ámbito y territorio.

servicios regionales de protección vegetal o sanidad vegetal

1. Organizaciones intergubernamentales de sanidad vegetal. 2. En España, los organismos de las Consejerías correspondientes de cada comunidad autónoma del estado español son los encargados de ejecutar la legislación referente al control de las plagas y enfermedades de las plantas, en el ámbito de su demarcación geográfica.

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