1. Acción o facultad de arbitrar. 2. Juicio arbitral. 3. Procedimiento extrajudicial para resolver conflicto de intereses o desacuerdos frente a una detección o diagnóstico concreto que afecte económicamente o al prestigio de una de las partes. Se realiza por mutuo acuerdo y se resuelve por la decisión de uno o varios árbitros con experiencia contrastada en el tema, sin conflicto de intereses en el mismo y aceptados por ambas partes. La resolución suele implicar aspectos económicos compensatorios para una parte y discreción para ambas partes.
procedimiento arbitral
Aquel extrajudicial para resolver conflictos relacionados con la Sanidad Vegetal, frecuentemente en operaciones comerciales de compra y venta o prestación de servicios. En caso de controversias internacionales, se efectúa mediante jueces elegidos por las partes, que dictan una sentencia definitiva y obligatoria sobre la base del derecho internacional. Habitualmente las partes encomiendan la decisión de la controversia a uno o varios árbitros sin conflicto de intereses declarado. Lo dictaminado por los árbitros en sus actuaciones se materializa en un laudo arbitral que tiene fuerza equivalente a la de una sentencia y puede ser ejecutado de manera forzosa por los órganos judiciales competentes. La validez del laudo puede ser impugnada ante los tribunales mediante el ejercicio de la acción de anulación con base en motivos tasados.