Registro de la habilitación de un operador o entidad concreta para la realización de cualquier actividad relacionada con la comercialización, distribución y uso de cualquier medio de defensa fitosanitaria. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) de España establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, y ha creado una aplicación informática para el intercambio de información sobre las inscripciones en el Registro Oficial de Productores y Operadores (ROPO). Esta aplicación permite la consulta pública de entidades y operadores registrados, con una doble finalidad, por una parte, dar a conocer el estado de la solicitud en tiempo real a los solicitantes, y por la otra informar al público en general de la habilitación de un operador o entidad concreta para cualquier actividad relacionada con la defensa fitosanitaria.
operador registrado
Operador profesional oficialmente inscrito en el Registro Oficial de Productores y Operadores de medios de defensa fitosanitaria (ROPO), según la terminología del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA).
pasaporte fitosanitario, PF
Etiqueta y documento que emiten las entidades inscritas en el Registro Oficial de Productores y Operadores de medios de defensa fitosanitaria una vez autorizados por la autoridad competente, que consiste en una marca oficial garantía de que el material vegetal que lo porta, cumple las condiciones de contenido y de formato del Reglamento (UE) 2017/2313, que se coloca en la unidad comercial y que se emplea para el traslado de vegetales, productos vegetales y otros objetos en el territorio de la Unión Europea (UE). El pasaporte acredita el cumplimiento de los requisitos establecidos de estar libres de plagas cuarentenarias y, además para el caso de vegetales para plantación, que cumplen con los niveles de tolerancia exigidos para las plagas reguladas no cuarentenarias, generalmente basados en observaciones visuales. Se han diseñado cuatro modelos de pasaporte: i) pasaporte normal; ii) pasaporte para zonas protegidas (PF-ZP); iii) pasaporte normal combinado con etiqueta de certificación; y iv) pasaporte para zonas protegidas ZP, combinado con etiqueta de certificación. El listado de vegetales, productos vegetales y otros objetos que necesitan PF está incluida en el Reglamento (UE) 2019/2072 de condiciones uniformes, en particular en los Anexos XIII (PF normal) y XIV (Pasaporte ZP). El Anexo XIII incluye, en concreto: i) todos los vegetales destinados a la plantación, con excepción de las semillas; ii) vegetales, productos vegetales y otros objetos sujetos a la obligación de pasaporte con arreglo a la normativa vigente (enumerados en el anexo V, parte A, punto 1, de la Directiva 2000/29/CE); iii) vegetales, productos vegetales y otros objetos para los cuales se han establecido medidas de la Unión Europea contra las plagas cuarentenarias y medidas en relación con las plagas no incluidas en la lista de plagas cuarentenarias; iv) semillas sujetas a requisitos relativos a plagas reguladas no cuarentenarias (PRNCs); y v) vegetales, productos vegetales y otros objetos sujetos a requisitos especiales y equivalentes. Con la publicación del Reglamento (UE) 2016/2031 y la certificación detallada en el Real Decreto 525/2023 el contenido y el formato del pasaporte fitosanitario se armonizan a nivel de la UE, lo que garantiza su credibilidad, facilita su comprobación y garantiza que las mercancías recibidas cumplen los requisitos fitosanitarios.
PNCOSV
Acrónimo de Programa Nacional de Control Oficial de Sanidad Vegetal, que incluye las inspecciones relativas al pasaporte fitosanitario, y al Registro Oficial de Productores y Operadores de medios de defensa fitosanitaria (ROPO), de conformidad con el Reglamento (UE) 2016/2031 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2016, relativo a las medidas de protección contra las plagas de los vegetales. Se adoptan medidas de protección contra la introducción y difusión en el territorio nacional y de la Unión Europea de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales, así como para la exportación y tránsito hacia países terceros. Además, recoge todas las acciones necesarias llevadas a cabo para asegurar la eficacia del programa, de tal forma que se garantice la Sanidad Vegetal en todo el territorio español.
ROPO
Acrónimo de Registro Oficial de Productores y Operadores del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), en el que deben inscribirse por los procedimientos que reglamentariamente se establezcan, tanto las empresas relacionadas con la fabricación y venta de productos fitosanitarios, como las empresas de tratamientos, los asesores y los usuarios profesionales (agricultores).