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Mostrando 21 resultados para "EFSA"

EFSA

Acrónimo del inglés. En español, Agencia Europea de Seguridad Alimentaria. Agencia de la Unión Europea (UE) con sede en Parma (Italia) y constituida en 2002 tras una serie de crisis alimentarias. Opera independientemente de las instituciones legislativas y ejecutivas de la UE (Comisión, Consejo, Parlamento) y de los países miembros. Actúa como consultora en la regulación de la seguridad alimentaria europea y del análisis y comunicación de riesgos asociados a la cadena alimentaria, para su manejo político tras un análisis científico independiente y sin conflicto de intereses. Ha elaborado numerosos análisis de riesgos y opiniones científicas asociados a la Protección y Sanidad Vegetal que se publican en el EFSA Journal y que sirven de base para las medidas legislativas de la Comisión Europea.

protocolos EFSA de vigilancia fitosanitaria

Normas y directrices establecidas por la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) con el fin de armonizar la planificación de acciones de vigilancia en los estados miembros de la Unión Europea (UE), para efectuar prospecciones conforme al estatus fitosanitario del área en función del patógeno o plaga objetivo. La vigilancia fitosanitaria es esencial para la detección temprana de brotes de plagas emergentes y los protocolos desarrollados ofrecen un marco metodológico flexible a través de un diseño estadístico y basado en el riesgo. EFSA ha previsto la incorporación de nuevas herramientas con el fin de optimizar las actividades de vigilancia. En la página electrónica: https://efsa.onlinelibrary.wiley.com/doi/toc/10.1002/(ISSN)1831-4732.toolkit-plant-pest-surveillance (de acceso libre), figuran desde el 7 de junio de 2023 dichos protocolos, que sucesivamente serán completados hasta cubrir todas las plagas, en sentido amplio, que deben ser vigiladas en la UE.

análisis de riesgo de plagas

1. Proceso de evaluación de las evidencias biológicas u otras evidencias científicas y económicas para determinar si un organismo es una plaga, si debería ser reglamentado, y la intensidad de cualesquiera medidas fitosanitarias que hayan de adoptarse contra él, según terminología de la FAO, 2022. Glosario de términos fitosanitarios NIMF nº 5. 2. Evaluación del riesgo de plagas, según metodologías estandarizadas como las de EPPO o la EFSA y protocolos de manejo del riesgo.

ARP

Sigla de análisis de riesgos de plagas, muy usual en el léxico de la CIPF (IPPC) y de la EFSA.

bacteria de cuarentena en la Unión Europea

Hasta 2019 recibían esa denominación las bacterias consideradas y reglamentadas como tal en la Directiva 2000/29/CE (DOCE 2000a) de la Unión Europea (UE) y modificaciones posteriores. Dicha Directiva está derogada por el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/2072 de la Comisión que se refiere a las medidas de protección contra las plagas de los vegetales. Las plagas enumeradas en la parte A del anexo I de la Directiva 2000/29/CE y en la sección I de la parte A del anexo II de la misma Directiva han sido previamente evaluadas por la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA). Como consecuencia de la nueva evaluación, algunas bacterias enumeradas en los anexos I y II de la Directiva 2000/29/CE no deben figurar en la lista de plagas cuarentenarias de la UE porque no cumplen las condiciones establecidas en el artículo 3 del Reglamento (UE) 2016/2031 con respecto al territorio de la Unión Europea. Las bacterias de cuarentena en la UE pueden estar consideradas, o no, como tales en similares documentos de otros países o zonas de los mismos.

categorización de plagas

Proceso para determinar si una plaga tiene o no tiene las características de una plaga cuarentenaria o de una plaga no cuarentenaria reglamentada, según la terminología de la FAO, 2022. Glosario de términos fitosanitarios NIMF nº 5. En la Unión Europea, la Comisión de la UE y la EFSA periódicamente categorizan patógenos y vectores en cuanto a su riesgo y los clasifican como cuarentenarios o no.

conflicto de interés

Aquel entre el deber público y los intereses privados de un funcionario público en el que el funcionario público tiene intereses de carácter privado que podrían influir indebidamente en el desempeño de sus deberes y responsabilidades oficiales. La declaración de inexistencia de dicho conflicto se exige en algunas publicaciones científicas de determinadas revistas, en ciertos proyectos y al formar parte de comités de expertos, como los de la EFSA.

factor de riesgo

Aquel que puede estar involucrado en la causa de la enfermedad, fisiopatía o carencia observada. Se define en la terminología usual de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA), como un factor biótico o abiótico que aumenta la probabilidad de infestación de la unidad epidemiológica por la plaga en sentido amplio. Los factores de riesgo relevantes para la vigilancia deben presentar más de un nivel de riesgo para la población objetivo. Para cada nivel, el riesgo relativo debe estimarse como la probabilidad relativa de infestación en comparación con una línea base con un nivel 1. La consideración de los factores de riesgo en el diseño de una encuesta o prospección permite enfocar los esfuerzos de vigilancia en aquellas áreas donde exista una mayor probabilidad de encontrar la plaga en caso de que esté presente.

fungicida azólico

Clase de agentes antifúngicos ampliamente utilizados en agricultura y medicina para controlar infecciones causadas por hongos. Actúan inhibiendo la biosíntesis de ergosterol, un componente esencial de la membrana celular de los hongos, lo que interfiere con su crecimiento y reproducción. Los oomicetos no sintetizan ergosterol y, por tanto, no son sensibles a este tipo de fungicidas. La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) ha abordado la preocupación sobre el uso de fungicidas azólicos en la agricultura y su relación con el desarrollo de resistencia en ciertos hongos fitopatógenos y en patógenos humanos como Aspergillus fumigatus. Además, se ha relacionado la exposición prolongada a azoles con toxicidad hepática y disrupción endocrina, especialmente en personas inmunodeprimidas. La resistencia a azoles puede dificultar el tratamiento de infecciones fúngicas graves en humanos. Todo ello, compromete la efectividad de tratamientos médicos y agrícolas. Además, los azoles pueden persistir en el suelo y agua, afectar a microorganismos beneficiosos y se pueden acumular en el medioambiente y generar efectos negativos en la biodiversidad. Para reducir riesgos y minimizar la posibilidad de selección de hongos resistentes, es aconsejable hacer un uso racional de estos fungicidas, realizar rotación de fungicidas, controlar residuos en productos agrícolas y aplicar prácticas sostenibles de manejo de enfermedades, como el control biológico.

hongo de cuarentena en la Unión Europea

Hasta 2019 recibían esa denominación los hongos reglamentados como tales en la Directiva 2000/29/CE (DOCE 2000a) de la Unión Europea (UE) y en sus modificaciones posteriores. Dicha Directiva está ya derogada por el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/2072 de la Comisión. Los hongos enumerados en la parte A del anexo I de la Directiva 2000/29/CE y en la sección I de la parte A del anexo II de la misma, fueron evaluados de nuevo por la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA). Como consecuencia de esa evaluación, algunos organismos enumerados en los anexos I y II de la Directiva 2000/29/CE ya no figuran en la lista de plagas cuarentenarias de la UE porque no cumplen las condiciones establecidas en el artículo 3 del Reglamento (UE) 2016/2031 con respecto al territorio de la UE. Por otra parte, los hongos de cuarentena en la UE no necesariamente coinciden con los considerados como tales en otros países o zonas de los mismos, como los contemplados en las listas A1 y A2 de la EPPO, que no son listas oficiales en la UE.

incertidumbre

1. Parámetro asociado con el resultado de una medición que caracteriza la dispersión de los valores que puede atribuirse razonablemente al analito. Los parámetros pueden ser, una desviación estándar (o un determinado múltiplo de esta), o la amplitud de un intervalo de confianza. 2. Estimación asociada al resultado de una prueba que caracteriza el rango de valores dentro del cual ha de encontrarse el valor verdadero. 3. La incertidumbre científica se basa en analizar las probabilidades de distintos sucesos y sus implicaciones para sacar conclusiones y tomar decisiones y se evalúa también en los análisis de riesgos, como los que realiza la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA).

organismo de cuarentena

En todos los países miembros de la Unión Europea (UE) se define un organismo de cuarentena como aquel nocivo que no está presente en el territorio de la UE (o si está presente en él no está muy extendido dentro del mismo) y que puede entrar, establecerse y propagarse dentro de ese territorio y causar graves pérdidas. Los países de la UE están obligados a prevenir la entrada y expansión de una lista común de organismos de cuarentena, basados en Reglamento 2016/3201 (artículo 5, apartado 2) relativo a las medidas de protección contra la introducción en la Comunidad de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales y contra su propagación en el interior de la Comunidad (que sustituye a la Directiva 2000/29), y que sido traspuesta en los distintos países miembros de la UE. Previamente se ha evaluado mediante un análisis de riesgo realizado y publicado por EFSA que su entrada, establecimiento y propagación, tienen un impacto económico, medioambiental o social inaceptable para dicho territorio y que hay disponibles medidas factibles y eficaces para prevenir su entrada, establecimiento o propagación en todo el territorio y atenuar sus riesgos e impacto. También están, en esta categoría, algunos organismos nocivos que ya están presentes en algunas zonas de la UE, pero que no están ampliamente distribuidos y que están sometidos o son objeto de erradicación o contención. Actualmente, el mayor riesgo de introducción es debido al gran auge del comercio internacional de vegetales y sus productos y las insuficientes medidas de inspección y análisis de los vegetales o productos importados de países terceros o incluso de otros países de la UE. Los organismos oficiales responsables de la Sanidad Vegetal en las Comunidades Autónomas (CC. AA.) del estado español poseen las competencias para cumplir las disposiciones, y efectuar los procedimientos y tramites de carácter fitosanitario, como el seguimiento y control de organismos de cuarentena que establece la UE por consejo de la EFSA. También la EPPO/OEPP (Organización Europea y Mediterránea para la Protección Vegetal) ayuda a los países miembros a inspeccionar e identificar estos organismos, mediante protocolos integrados consensuados y a evaluar el riesgo potencial que presentan y hacer propuestas de medidas fitosanitarias que se aconseja deben ser tomadas. Los distintos países no comunitarios pueden poseer listas de distintos organismos de cuarentena que puedan afectar a sus cultivos principales, que no coincidan con los de la UE.

plaga

1. Término que se ha impuesto en la nomenclatura oficial de FAO, OEPP/EPPO, IPPC-FAO, Unión Europea y EFSA para designar al conjunto de agentes que causan o pueden causar daños, perjuicios o enfermedades a las plantas o sus productos. El término incluye: animales vertebrados, insectos, ácaros, nematodos, algas, hongos, oomicetos, bacterias (comprendidos mollicutes), virus, viroides, virusoides, plantas parásitas y malas hierbas o malezas. 2. Cualquier especie, raza o biotipo vegetal o animal o agente patógeno dañino para las plantas o productos vegetales, según la terminología de la FAO, 2022. Glosario de términos fitosanitarios NIMF nº 5.

plaga cuarentenaria de la Unión Europea, PC-UE

Algunas plagas cuarentenarias de la UE han sido definidas como plagas prioritarias para la UE (PPs del inglés Priority Pests). La Comisión Europea (CE), ha realizado una evaluación para establecer la lista de plagas prioritarias, basándose en una metodología elaborada por el Centro Común de Investigación de la Comisión y la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA). De esta metodología forman parte indicadores compuestos y un análisis basado en múltiples criterios. Se ha tenido en cuenta la probabilidad de propagación y establecimiento de las plagas evaluadas en el territorio de la UE y sus consecuencias, así como los criterios enumerados en el anexo I, sección 1, punto 2, y en la sección 2 del Reglamento (UE) 2016/2031. Son aquellas cuyo impacto económico, ambiental o social potencial se ha evaluado como el más grave para el territorio de la UE. Estas plagas PPs son en la actualidad: los insectos fitófagos Agrilus anxius, Agrilus planipennis, Anastrepha ludens, Anoplophora chinensis, Anoplophora glabripennis, Anthonomus eugenii, Aromia bungii, Bactericera cockerelli, Bactrocera dorsalis, Bactrocera zonata, Conotrachelus nenuphar, Dendrolimus sibiricus, Popillia japonica, Rhagoletis pomonella, Spodoptera frugiperda, y Thaumatotibia leucotreta; y los agentes fitopatógenos Bursaphelenchus xylophilus, ‘Candidatus Liberibacter spp.’ (agentes causales del huanglongbing o greening de los cítricos), Phyllosticta citricarpa, y Xylella fastidiosa. Dichas PPs deben ser objeto de medidas adicionales que han de adoptar los Estados miembros, tales como: i) programas de vigilancia anual; ii) elaboración de Planes de Contingencia; iii) realización de ejercicios de simulación para poner en práctica esos planes; y iv) adopción de un plan de acción en caso de la aparición de un brote. La incorporación de nuevos organismos nocivos a la lista de PPs es un proceso dinámico, y posteriormente a la publicación de la misma se podrán incorporar otras plagas de alto riesgo.

plaga cuarentenaria prioritaria de la Unión Europea

Aquellas plagas cuarentenarias de la Unión Europea (UE), de una actual lista de 20 (PPs), que cumplen las condiciones siguientes: i) no se tiene constancia de su presencia en el territorio de la UE, o bien se conoce su presencia en una parte limitada del mismo, o su presencia de forma escasa, irregular, aislada e infrecuente; ii) su posible impacto económico, medioambiental o social es el más grave para el territorio de la UE; y iii) aparece en la lista de plagas prioritarias. La Comisión Europea (CE), ha realizado una evaluación para establecer la lista de plagas prioritarias, basándose en una metodología elaborada por el Centro Común de Investigación de la Comisión y la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA). De esta metodología forman parte indicadores compuestos y un análisis basado en múltiples criterios. Se ha tenido en cuenta la probabilidad de propagación y establecimiento de las plagas evaluadas en el territorio de la UE y sus consecuencias, así como los criterios enumerados en el anexo I, sección 1, punto 2, y en la sección 2 del Reglamento (UE) 2016/2031, que abarcan las dimensiones económica, social y medioambiental. Actualmente entre ellas figuran la bacteria Xylella fastidiosa, el nematodo Bursaphelenchus xylophilus, el hongo Phyllosticta citricarpa y varios artrópodos plaga, entre ellos el vector de una bacteria.

población objetivo

Conjunto de plantas individuales, productos vegetales o vectores en los cuales la plaga (en sentido amplio) en estudio, puede ser detectada directamente en la planta o su muestra (al buscarla) o indirectamente (al observar síntomas o signos que sugieran su presencia) en un hábitat o área de interés determinada, según terminología usual de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA). Los diferentes componentes de la población objetivo que deben especificarse son: i) definición de la población objetivo, que debe estar claramente identificada y ii) tamaño y límite geográfico de la población objetivo.

RiBESS+

Una aplicación en línea de uso común por la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA), que implementa métodos estadísticos para estimar el tamaño de la muestra, la sensibilidad global (y por grupo) y la probabilidad de estar libre de enfermedad. El acceso al software es gratuito con un registro previo del usuario, disponible en: https://shiny-efsa.openanalytics.eu.

sistema de alerta rápida para alimentos y piensos

Red de alerta en el ámbito de la Unión Europea (UE), que proporciona a las autoridades de control de alimentos y piensos una herramienta para el intercambio de información sobre las medidas tomadas ante la detección de un riesgo en un pienso o en un alimento. El acceso público está gestionado desde la página electrónica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de España (MAPA), https://www.mapa.gob.es/es/ganaderia/temas/alimentacion-animal/acceso-publico/alerta_rasff). La eficacia en el intercambio de información se consigue mediante la utilización de las aplicaciones informáticas i-RASFF y RASFF WINDOW, donde se publica la información en forma de notificaciones y a las que tienen acceso los puntos de contacto de la Comisión Europea (CE), EFSA, países de la EFTA y los puntos de contacto nacionales de los Estados Miembros de la UE. El Reglamento de ejecución (UE) 2019/1715 de la Comisión, de 30 de septiembre de 2019, por el que se establecen las normas de funcionamiento del sistema de gestión de la información sobre los controles oficiales y sus componentes (Reglamento SGICO), establece, entre otras cosas, las medidas de ejecución del Sistema de Alerta Rápida para los Productos y la normativa correspondiente.

unidad de inspección

Plantas, partes de las mismas, productos vegetales, vectores o trampas que serán examinados para identificar y detectar las plagas. Son las unidades dentro de las unidades epidemiológicas que podrían albergar las plagas (en sentido amplio) y en las que se lleva a cabo la detección y diagnóstico de las mismas, según la terminología de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA).

unidad epidemiológica

Área homogénea donde las interacciones entre la plaga (en sentido amplio), las plantas anfitrionas y los factores y condiciones abióticos y bióticos resultarían en la misma epidemiología en caso de que la plaga estuviera presente. Las unidades epidemiológicas son subdivisiones de la población objetivo y reflejan su estructura en un área geográfica. Son las unidades de interés sobre las cuales se aplican tratamientos estadísticos y que contienen, al menos, una planta huésped (por ejemplo, un árbol, un huerto, un campo, un invernadero o un vivero), según la terminología de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA).

Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición, AESAN

Organismo autónomo adscrito al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad del Gobierno de España que tiene como misión garantizar el más alto grado de seguridad y promover la salud de los ciudadanos, mediante acciones dirigidas a: i) reducir los riesgos de las enfermedades transmitidas por o vinculadas a los alimentos; ii) garantizar la eficacia de los sistemas de control de los alimentos; y iii) promover una alimentación variada y equilibrada que implique una mejor salud de la población, y favorezca la accesibilidad y la información sobre los alimentos. La página electrónica del organismo autónomo, en la que se divulgan alertas alimentarias, alguna causada por agentes fitopatógenos generadores de aflatoxinas y de otros productos problemáticos: https://www.aesan.gob.es/.

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