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Mostrando 5 resultados para "denominación de origen protegida"

denominación de origen protegida, DOP

Término con el que se conoce en el ordenamiento de la Unión Europea y Reino Unido, la denominación de origen. Es un tipo de indicación geográfica destinada a preservar las denominaciones de origen de los productos relacionados con la alimentación. La denominación fue creada en 1992 y su objetivo principal es designar productos que han sido producidos, procesados y desarrollados en un área geográfica específica, utilizando el saber hacer reconocido de productores locales e ingredientes de la región en cuestión.

denominación de origen transfronteriza

Denominación de origen protegida cuyo ámbito territorial afecta a dos o más estados miembros de la Unión Europea.

indicación geográfica protegida, IGP

Sistema de diferentes sellos de calidad con indicación de procedencia aplicados a productos agrícolas y productos alimenticios producidos en la Unión Europea (UE), bajo la categoría de: i) denominación de origen protegida (DOP); ii) indicación geográfica protegida (IGP), o iii) especialidad tradicional garantizada (ETG o sigla TSG del inglés). Estas indicaciones protegen a diversos productos agrícolas y alimentarios ligados a un lugar específico en los países miembros de la UE y que son valorados por su calidad, tradición y relevancia gastronómica y económica. Un logotipo identifica específicamente esos productos.

CRDO

Sigla del español de Consejo Regulador de la Denominación de Origen. En inglés RCDO. Entidad que se ocupa de velar por la calidad, vigilar el cumplimiento de la normativa vigente relacionada con la producción, prácticas culturales y cultivares y avalar el origen geográfico de productos agrícolas o forestales y sus transformados, que se elaboran dentro del territorio adscrito a una determinada denominación de origen.

denominación de origen, DO

Signo distintivo de carácter geográfico utilizado para singularizar aquellos productos agroalimentarios que deben su calidad exclusiva o primordialmente al lugar en el que se producen y elaboran. Sistema que se utiliza para indicar una calidad diferenciada. Los productos acogidos que cuentan con este reconocimiento poseen un origen geográfico de producción común, cultivares definidos, materia prima, forma de elaboración o determinada participación del factor humano en la misma. Se trata de una distinción no fácil ni sencilla de obtener ya que implica controles de calidad muy estrictos. Posee implicaciones fitosanitarias, puesto que la homogeneidad de cultivares en una zona geográfica concreta, en la que generalmente se efectúan prácticas culturales similares, puede implicar la emergencia o reemergencia de patógenos de forma epidémica en gran parte de la denominación de origen, de forma simultánea. Por ello, generalmente, las DO poseen un sistema de alerta fitopatológica especializado.

Sociedad Española de Fitopatología
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